Artículo 72 Constitución Política del Estado de México
Capítulo TERCERO
Cuando la Gobernadora o el Gobernador hubiere tomado posesión del cargo y se produjera falta absoluta ocurrida en los dos primeros años del período respectivo, si la Legislatura estuviere en sesiones se constituirá en Colegio Electoral y con la concurrencia de cuando menos las dos terceras partes del número total de sus miembros, nombrará en escrutinio secreto y por mayoría absoluta de votos, un gobernador interino y en la misma sesión expedirá la convocatoria para la elección de Gobernadora o Gobernador que deba concluir el período respectivo, debiendo mediar entre la fecha de la convocatoria y la que se señale para la verificación de la elección en un plazo no mayor de noventa días.
Si la Legislatura no estuviere en sesiones, lo suplirá como encargada o encargado del despacho la Secretaria o el Secretario General de Gobierno o la Presidenta o el Presidente del Tribunal Superior de
Justicia; la Diputación Permanente convocará de inmediato a la Legislatura a un período extraordinario de sesiones para que designe a la Gobernadora o al Gobernador interino y expida la convocatoria a elecciones de Gobernadora o Gobernador en los términos del párrafo anterior.
Cuando la falta de la Gobernadora o del Gobernador ocurriese en los últimos cuatro años del período respectivo, si la Legislatura se encontrase en sesiones, designará a la Gobernadora o al Gobernador sustituta o sustituto que deberá concluir el período; si no estuviese re unida, lo suplirá como encargada o encargado del despacho la Secretaria o el Secretario General de Gobierno o la Presidenta o el Presidente del Tribunal Superior de Justicia; la Diputación Permanente convocará de inmediato a la Legislatura a un período extraordinario de sesiones para que se erija en Colegio Electoral y designe a la Gobernadora sustituta o al Gobernador sustituto.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de LEGISTEL Edomex. Documento oficial