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Leyes Descargar AYA

Artículo 33 Constitución Política del Estado de Durango

Capítulo II

El Estado garantizará a las mujeres embarazadas, los siguientes derechos:

I. A recibir un trato sin discriminación por su embarazo en los ámbitos educativo, económico, social y laboral.

II. Al acceso de manera gratuita a los servicios públicos de salud materna durante el periodo de embarazo, parto y posparto.

III. A que disponga de tiempo de lactancia durante la jornada laboral.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial