Artículo 7-B Constitución Política del Estado de Coahuila
Capítulo II
El genoma humano es la base de la unidad biológica fundamental de todos los miembros de la familia humana y del reconocimiento de su dignidad intrínseca y su diversidad.
Están prohibidas las prácticas contrarias a la dignidad humana. La investigación sobre el genoma humano, sobre todo en el campo de la biología, la genética y la medicina, deberán orientarse a aliviar el sufrimiento y mejorar la salud de las personas y de toda la humanidad, prevaleciendo el respeto a los derechos humanos, la libertad y la dignidad de las personas.
(ADICIONADO, P.O. 19 DE AGOSTO DE 2022
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial