Artículo 195-A Constitución Política del Estado de Coahuila
Capítulo UNICO
Los hechos materia de las resoluciones de una recomendación, denuncia, queja o informe de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Coahuila podrán ser objeto de acción del juicio local de protección de derechos humanos ante el Tribunal Constitucional Local, a efecto de que, con observancia del debido proceso, determine las obligaciones de las autoridades correspondientes para reparar las violaciones que se acrediten.
(ADICIONADO, P.O. 19 DE AGOSTO DE 2022
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial