Artículo 158-C Constitución Política del Estado de Coahuila
Capítulo I
La autonomía del Municipio Libre se expresa en la facultad de gobernar y administrar por sí los asuntos propios de su comunidad, en el ámbito de su competencia municipal y sin interferencia de otros poderes, salvo lo dispuesto por los artículos 21, 73, fracción XXIII y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(ADICIONADO, P.O. 20 DE MARZO DE 2001)
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial