Artículo 26 Constitución Política del Estado de Chihuahua
Capítulo III
Las leyes determinarán a qué autoridad corresponde decretar la suspensión, pérdida o recuperación de los derechos de ciudadano; en qué términos y con qué requisitos ha de dictarse el fallo respectivo, y el tiempo que deba durar la suspensión en los casos en que no esté fijado por los mismos preceptos que la imponen.
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial