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Artículo 9 Constitución Política del Estado de Campeche

Capítulo IV

Son obligaciones de los habitantes del Estado:

I.- Si son mexicanos:

a).- Cumplir con las leyes vigentes y respetar y obedecer a las autoridades legítimamente constituídas;

b).- Contribuír para los gastos públicos de la manera que dispongan las leyes;

c).- Inscribirse en el Padrón de su Municipalidad, manifestando la propiedad que tengan y la industria, profesión o trabajo de que subsistan.

II.- Si son extranjeros:

a).- Acatar y respetar en todas sus partes lo establecido en la Constitución General de la República, en la presente y en las disposiciones legales que de ambas emanen;

b).- Sujetarse a los fallos y sentencias de los Tribunales del Estado, sin poder intentar otros recursos que los que se conceden a los mexicanos;

c).- Las contenidas en la fracción I de este artículo.

(REFORMADO, P.O. 29 DE MAYO DE 1965)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial