Artículo 552 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas
Capítulo I
Todos los problemas inherentes a la familia son de orden público e interés social.
En todos los asuntos de que trata este título tendrá intervención el Ministerio Público y se aplicará, en lo conducente, la Ley para prevenir y atender la violencia familiar.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial