Artículo 219 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas
Capítulo IV
El que intente demandar o denunciar o querellarse contra su cónyuge, puede solicitar su separación del domicilio conyugal al Juez de Primera Instancia del lugar.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial