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Leyes Descargar AYA

Artículo 77 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo I

- El Juez competente para conocer del juicio sucesorio lo es también para conocer de las acciones de petición de herencia, de las que se promuevan contra la sucesión antes de la partición y adjudicación de los bienes, y de las que se refieran a nulidad rescisión y evicción de la partición hereditaria

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial