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Leyes Descargar AYA

Artículo 627 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo V

Los juicios verbales se tramitarán ante los Jueces de Paz. Si no los hubiere en la localidad, se tramitarán ante los Jueces de primera instancia, competentes para aplicar este Código, según la materia, dentro de cuya jurisdicción territorial quede comprendida dicha localidad

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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial