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Leyes Descargar AYA

Artículo 423 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo III

Para la legalización de las sentencias y resoluciones dictadas en el extranjero, se observará lo dispuesto en los artículos 228, 229, 230 y 231; salvo lo dispuesto en los Tratados, o en su defecto, por el Derecho Internacional

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  3. Sin cambios

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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial