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Leyes Descargar AYA

Artículo 422 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo III

Si la ejecutoria o resolución procede de una Nación en la que, conforme a su jurisprudencia, no se dé cumplimiento a las dictadas por los tribunales mexicanos, no tendrá fuerza en el Estado

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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial