Artículo 1157 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Capítulo XIV
A la denuncia se acompañará el testamento si lo hubiere, ofreciendo el denunciante, en caso de intestado, una información testimonial para acreditar los siguientes puntos:
I.- Si el autor de la herencia falleció sin testar.
II.- Si dejó cónyuge, ascendientes, descendientes o parientes colaterales, expresando el nombre de éstos, su domicilio, su estado civil y su grado de parentesco con el autor de la herencia.
III.- Los bienes que hubiere dejado el autor de la herencia, y el valor aproximado de ellos.
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial