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Leyes Descargar AYA

Artículo 472 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz

Capítulo UNICO

De las recusaciones y excusas de los árbitros, conocerá el juez ordinario sin ulterior recurso, sujetándose al procedimiento indicado para las recusaciones o excusas de los jueces municipales

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial