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Leyes Descargar AYA

Artículo 171 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz

Capítulo III

En la junta procurará el juez que elijan árbitro de común acuerdo los interesados y, en caso de no conseguirlo, el mismo juez hará la designación

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial