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Leyes Descargar AYA

Artículo 169 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz

Capítulo III

Cuando en escritura pública o privada sometieren los interesados las diferencias que surjan a la decisión de un árbitro y no estando nombrado éste, se prepara rá el juicio arbitral de acuerdo con las disposiciones contenidas en los artículos siguientes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial