Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 955 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Título QUINTO

- Si la deuda consiste en efectos de comercio, se fijará su precio por los del mercado en la plaza de que se trate, según certificación de la misma Autoridad Municipal

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial