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Leyes Descargar AYA

Artículo 933 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo II

Si el actor bajo protesta de decir verdad no reconociere como suyos los recibos que presente el demandado, no se continuará la providencia de lanzamiento; pero si llegare a demostrarse ejecutoriadamente ante la autoridad judicial competente, la falsedad de los recibos o documentos continuará la providencia de lanzamiento. (F. DE E., P.O. 26 DE NOVIEMBRE DE 1980

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial