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Leyes Descargar AYA

Artículo 854 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo I

- En el mismo auto en que se decrete la suspensión de la obra, el Juez mandará correr traslado de la demanda

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial