Artículo 731 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Título NOVENO
El incidente de acumulación suspende la substanciación de los juicios a que se refiere, hasta que recaiga resolución ejecutoriada, sin perjuicio de que se practiquen las diligencias precautorias o urgentes.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial