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Leyes Descargar AYA

Artículo 701 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo III

En la liquidación, deberán comprenderse todas las costas posteriores a la sentencia de remate

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial