Artículo 529 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo II
Una vez remitidos los autos por el Juez al Tribunal de Alzada, este, hará saber al apelante y a la parte que se adhirió a la apelación la llegada del expediente, con el señalamiento del número de toca que corresponda, así como la designación de la autoridad que conocerá del asunto; hecho lo anterior, dentro del término de tres días se continuará sin mayor gestión con la substanciación del recurso
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial