Artículo 405 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo VII
Siempre se preguntará a los testigos sobre los puntos siguientes, aunque no se comprendan en el interrogatorio:
I.- Su nombre, apellido, edad, estado, profesión y domicilio;
II.- Si son parientes consanguíneos o afines de alguno de los litigantes, y en qué grado;
III.- Si tienen interés directo o indirecto en el pleito o en otro semejante;
IV.- Si son amigos íntimos o enemigos de alguno de los litigantes.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial