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Leyes Descargar AYA

Artículo 405 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo VII

Siempre se preguntará a los testigos sobre los puntos siguientes, aunque no se comprendan en el interrogatorio:

I.- Su nombre, apellido, edad, estado, profesión y domicilio;

II.- Si son parientes consanguíneos o afines de alguno de los litigantes, y en qué grado;

III.- Si tienen interés directo o indirecto en el pleito o en otro semejante;

IV.- Si son amigos íntimos o enemigos de alguno de los litigantes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial