Artículo 230 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Libro Primero — Disposiciones comunes a la jurisdiccion contenciosa, a la voluntaria y a la mixta Título Tercero — Impedimentos, recusaciones y excusas Capítulo VIII — Excusas
Índice de la leyLa excusa se propondrá siempre con expresión de causa.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial