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Leyes Descargar AYA

Artículo 1433 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo IX

- Si la acción que pretende intentar un cónyuge contra el otro, tiende a obtener la disolución del matrimonio, dictará también el Juez las medidas a que se refieren las fracciones III a VI del artículo 130 del Código civil

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial