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Leyes Descargar AYA

Artículo 1422 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo IX

- La mujer casada que viviendo con su marido intente demandarle el divorcio, la nulidad del matrimonio o ejercitar contra de él otra acción civil, o acusarlo penalmente, puede pedir al Juez que ordene al marido se separe de la casa conyugal, o solicitar que la autorice a ella, para separarse de esa casa

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial