Artículo 1334 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo VIII
El Juez mandará poner los autos en la Secretaría del Juzgado por un término que no exceda de veinte días comunes, para que las partes se impongan de ellos, y hagan las observaciones que estimen convenientes
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial