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Leyes Descargar AYA

Artículo 1229 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo IV

- También se designarán con precisión los bienes que fueren propios de la mujer o de los hijos del finado, indicándose la clase a que pertenezcan

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial