Artículo 1205 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
Las personas que se presenten en virtud de la convocatoria justificarán su parentesco en la forma legal, dentro de un término que se les señale para el efecto, el cual no pasará de cuarenta días, contados desde la notificación del auto que señale el término
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial