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Leyes Descargar AYA

Artículo 935 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo IV

- La parte que venció puede adherirse a la apelación interpuesta, dentro un término igual al concedido para promover el recurso, que empezará a correr a partir de la notificación de su admisión. En este caso, la adhesión se considerará como una apelación independiente, y el que la hizo valer queda obligado en todos sus términos

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial