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Leyes Descargar AYA

Artículo 40 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo II

En el juicio tienen carácter de partes, los que ejerciten en nombre propio o en cuyo nombre se ejercita una acción, y aquél frente al cual es deducida. Lo tienen, igualmente, las personas que hacen uso del derecho de intervención en calidad de terceros, en los casos previstos en este Código

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial