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Leyes Descargar AYA

Artículo 366 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco

Capítulo IV

- Procedencia contra actos de los secretarios y actuarios. El recurso de queja contra actos de los notificadores y secretarios será procedente en los siguientes casos:

I.- Por exceso o defecto en las ejecuciones;

II.- Por actos ilegales o irregularidades cometidos al ejecutar las resoluciones del juzgador; y

III.- Por omisiones o negligencia en el desempeño de sus cargos

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial