Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 227 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco

Capítulo IV

- Escritos que fijan el debate. Los escritos de demanda y contestación, así como, en su caso, aquellos en que se haga valer la reconvención o la compensación y en los que se conteste a éstas, fijarán normalmente el debate. En caso de rebeldía, se entenderá fijado por el auto en que se haga la declaración correspondiente

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial