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Leyes Descargar AYA

Artículo 882 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sonora

Capítulo SEGUNDO

Si el día y hora de la audiencia no estuviere presente el actor y concurriere el demandado, se impondrá a aquél una multa hasta de cinco Unidades de Medida y Actualización el día en que se aplique la sanción, que se aplicará al reo por vía de indemnización. Sin que se justifique haberse hecho el pago, no se expedirá nueva citación de emplazamiento

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 15 de octubre de 2025.

Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial