Artículo 1079 Código de Procedimientos Civiles del Estado de San Luis Potosí
Capítulo IV
El día del remate, a la hora señalada, el juez pasará lista, personalmente, de los postores presentados y concederá media hora para admitir a los demás que se presenten. Concluída la media hora, el juez declarará que va a procederse al remate y ya no admitirá nuevos postores. En seguida revisará las propuestas presentadas desechando, desde luego, las que no tengan postura legal y los demás requisitos que menciona el artículo 1074
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Archivo Judicial STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial