Artículo 1010 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Quintana Roo
Capítulo VI
- Cumplidas las exigencias, el Juez de Instrucción citará a la audiencia de juicio, previa fecha y hora que proporcione el Administrador de Gestión Judicial, la cual se celebrará ante el Juez Oral dentro del plazo de diez días, citando al promovente y al Ministerio Público, quedando a cargo del interesado la preparación de las pruebas ofrecidas, apercibido que de no hacerlo así, se declararán desiertas las mismas ordenándose el archivo del expediente. Artículo adicionado POE 30-08-2013
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial