Artículo 892 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Capítulo Sexto
Presentada la cuenta mensual o general de albaceazgo, se mandará poner en la secretaría a disposición de los interesados por un plazo de cinco días, respectivamente, según se trate de cuenta mensual o general, para que se impongan de ella
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Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial