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Leyes Descargar AYA

Artículo 485 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Capítulo Segundo

Con las modificaciones que se expresan en esta sección, la acción rescisoria se tramitará y decidirá de acuerdo con las reglas generales del juicio ejecutivo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial