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Leyes Descargar AYA

Artículo 833 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo PRIMERO

Se reconocen como medios alternativos de solución de conflictos los siguientes:

I. La Mediación;

II. La Conciliación;

III. Las prácticas, usos, costumbres, tradiciones y valores culturales de los pueblos y las comunidades indígenas, y IV. El Arbitraje

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial