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Leyes Descargar AYA

Artículo 776 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo TERCERO

Transcurridos los diez días a que se refiere la convocatoria, para que se apersonen los interesados a deducir sus derechos, el Juez mandará poner los autos a la vista por un término de cinco días, para que se impongan de lo actuado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial