Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 495 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo DÉCIMO

Las posturas se exhibirán en la audiencia y se harán:

I. Por escrito indicando el nombre, edad, capacidad legal, estado civil, profesión y domicilio del postor;

II. Señalando la cantidad que se ofrezca por el bien;

III. Exhibiendo el numerario o la ficha de depósito de concentración del Fondo para el Mejoramiento de la Administración de Justicia, y IV. Expresando la sumisión al Juez que conozca del negocio, para que haga cumplir el contrato

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial