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Leyes Descargar AYA

Artículo 464 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo DÉCIMO

Cuando la deuda sea por alimentos y la ejecución se trabe en sueldos, se embargará un porcentaje de ellos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial