Artículo 265 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla
Capítulo SÉPTIMO
Son documentos los elementos que por su naturaleza objetiva consignan en sí mismos, la memoria de un hecho, acto o acontecimiento, mediante el empleo de un lenguaje escrito, visual o auditivo. Los mensajes de datos son documentos. Se considera mensaje de datos la información generada, enviada, recibida o archivada por medios electrónicos, ópticos o similares. Por su origen, los documentos son públicos o privados.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial