Artículo 698 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca
Capítulo II
- Se da el recurso de queja en contra de los Ejecutores y Secretarios por ante el Juez. Contra los primeros sólo por exceso o defecto de las ejecuciones y por las decisiones que adopten en el acto de ejecución. Contra los segundos por omisiones y negligencia en el desempeño de sus funciones
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial