Artículo 287 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit
Capítulo I
Las sentencias que causen ejecutoria y los convenios judiciales, los convenios celebrados ante la Procuraduría Federal del Consumidor, los laudos que emita ésta y los laudos o juicios de contadores, motivarán ejecución si el interesado no intentare la vía de apremio.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial