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Leyes Descargar AYA

Artículo 86 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo II

Prohibición de abreviaturas y enmendaduras. En las actuaciones judiciales no se emplearán abreviaturas ni se rasparán las frases equivocadas, sobre las que sólo se pondrá una línea delgada que permita la lectura, y se entrerrenglonarán las que se agreguen, salvándose al final con toda precisión el error cometido.

En las actas las fechas se escribirán con letra, así como los números cuando representen cantidades en dinero. Se dejarán los márgenes necesarios, a efecto de permitir la lectura una vez engrosado el documento

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial