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Leyes Descargar AYA

Artículo 711 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo I

Gastos y costas en la ejecución. Todos los gastos y costas que se originen en la ejecución de una sentencia, serán a cargo del que fuera condenado en ella. Los gastos y costas que se originen en la ejecución de otras resoluciones judiciales, serán a cargo de quien determine la sentencia definitiva que se dicte o de quien determine en su caso el Juez.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial