Artículo 658 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo VIII
- Objetos sobre los que recaen y oportunidad del juicio de posesión definitiva. Los juicios sobre posesión definitiva pueden versar sobre muebles e inmuebles y sobre derechos reales sobre los mismos, siempre que se trata de bienes que conforme a las leyes puedan reivindicarse. No pueden reivindicarse los bienes que se mencionan en el artículo 665.
Las pretensiones plenarias de posesión se ventilarán en juicio ordinario en el que se observen, además, las reglas que se contienen en este Capítulo
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial