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Leyes Descargar AYA

Artículo 607 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo IV

- Procedencia del juicio ejecutivo. Para que proceda el procedimiento ejecutivo se requieren las siguientes condiciones:

I.- Que se trate de pretensión de condena que tenga por objeto exigir una suma de dinero, o la entrega de bienes ciertos y determinados;

II.- Que la pretensión se funde en título que traiga aparejada ejecución; y, III.- Que el adeudo sea líquido y exigible

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial